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jueves, 16 de agosto de 2012

Funcionarios (II)

1.- Los anglosajones (y en general en toda la Commonwealth) los denominan civil servants (a veces, public servants) y todos ellos conforman el civil service. En la Vieja Europa  solemos llamarlos funcionarios y conforman la función pública.

Aunque es evidente que servicio tiene más carga social y política que función, ambas terminologías son arcaicas, una herencia lingüística fuertemente anclada en el pasado, cuya supervivencia sólo puede explicarse por el elitismo de las élites burocráticas (y no es una redundancia; puede haber élites que no se comporten de manera elitista), fuente nutricia por excelencia de las élites políticas, de ahí que no hayan caído en desuso y aún supongan un label exquisito para unas élites político-funcionariales cada vez menos apreciadas.

El Diccionario de la Real Academia española patina claramente cuando define funcionario: persona que desempeña un empleo público. En las administraciones públicas además de funcionarios hay otros empleados, normalmente denominados personal laboral. Antes que denominar funcionarios (la parte) a todos los trabajadores en nómina de las administraciones públicas (el todo), sin duda es más exacta la denominación empleados públicos, la cual es además jurídicamente más correcta.


2.- Más de una vez he escuchado a profesionales sanitarios del SNS defenderse del supuesto estigma social diciendo que ellos no son funcionarios, sino personal estatutario. Aunque el personal docente e investigador y el estatutario del SNS se rigen por normas propias porque así lo prevé la legislación, en realidad se trata de cuerpos funcionariales específicos. De hecho, el Estatuto Básico del Empleado Público dice (art.2.4) que cada vez que este Estatuto haga mención al personal funcionario de carrera se entenderá comprendido el personal estatutario de los Servicios de Salud.



3.- Pero, ay, los medios de comunicación adoran la palabra funcionario y creen que ésta puede utilizarse sin problemas para referirse a todos los empleados públicos. Así, por ejemplo, cuando el texto de una noticia dice  -correctamente-  que la supresión este año de la paga extra de Navidad a los empleados públicos supondrá reducir en casi 1.000 millones de euros la recaudación por IRPF, el titular, que debe ser más contundente, nos informa de que el Estado ingresará casi 1.000 millones menos por la supresión de la paga extra a los funcionarios. De hecho, si uno teclea en google-noticias paga extra funcionarios obtiene 22.800 resultados; pero si teclea paga extra empleados públicos los resultados son sólo 10.800. La parte por el todo.


4.- Probablemente, a los ciudadanos la palabra funcionario les cae antipática. Así lo reconoce un alto funcionario (jubilado):
El funcionario público no está bien visto por la ciudadanía y es general el identificarlo con el comportamiento burocrático. Lo normal es que se piense que tiene un trabajo cómodo y garantizado, lo que implica, según opiniones comunes, un privilegio frente a los trabajadores del mundo civil [sic].
Y bajo la apariencia de la broma (no olvidemos a Freud y su El chiste y su relación con el inconsciente), encontramos la siguiente perla:
Funcionario: Dicese de aquellas personas que saben leer, comer, dormir, chatear, limarse las uñas, hablar, conspirar, cotillear, mascar chicle, desaparecer, sacarte de quicio y un sinfín de actividades más entre las que no están incluidas la que debieran hacer: trabajar. Se trata de una de las especies más inteligentes del universo ya que logran crear las más ingeniosas artimañas para escaquearse del curro. Tienen una rarisima habilidad por la cual absorben fondos públicos hacia sus nominas, de manera que se cierra el ciclo de la pasta [si eres fuuncionario, te recomiendo que no sigas leyendo esta imaginativa entrada, es tan irritante y cutre como pretendidamente ingeniosa].
Pero, bueno, parece ser cierto que en el imaginario público el arquetipo 'funcionario' no goza de mucho prestigio y sí de bastante animadversión, lo cual hace que sea relativamente fácil para ciertos políticastros, en lugar de adoptar medidas que estimulen realmente la eficiencia, calidad, transparencia y control de costes de las administraciones públicas (y de paso, la imagen social de los servidores públicos), embestir contra el funcionariado ante la indiferencia de un público que sólo piensa: "si ya han jodido a los parados, a los pensionistas, a los trabajadores del sector privado, a los enfermos, a los dependientes, a los alumnos... pues está bien que metan mano también a esta casta de privilegiados que siempre se creyó a salvo de la tijera porque quienes la utilizan son sus primos hermanos".


5.- Resulta curioso que, siendo España un  país con un porcentaje de funcionarios sobre su población activa relativamente moderado, la BBC nos calificara hace un par de años como "El país de los funcionarios", describiendo así la situación: Contrato indefinido y blindado frente a despidos, sueldo estable y buen horario. Así es el paraíso para miles de españoles que sueñan con ser funcionarios. España acaba de superar por primera vez los tres millones de empleados públicos (...) ¿Puede un país vivir del empleo público?"


6.- Tenemos, pues, una misma palabra, funcionario, que se usa tanto como sustantivo, como calificativo. Cuando a la opinión pública la interrogamos sobre los funcionarios, así en general, responden refiriéndose al término como calificativo, antes que como sustantivo, ya que no se refieren a su médico o enfermera, al maestro de sus hijos o al bombero que le ayudó a salir de un ascensor bloqueado o le salvó de un incendio, sino al indolente ventanillero que renueva su pasaporte, al torvo inspector de hacienda que husmea en su declaración fiscal, al aempático mesero de la oficina de (des)empleo que sabe que nunca tendrá que sentarse al otro lado de la mesa, incluso al ruidoso cartero que aporrea todos los telefonillos del portal para poder repartir la correspondencia. Cuando un guardia civil o un policía multa a un ciudadano aplicando leyes y reglamentos administrativos, es un funcionario (calificativo); pero cuando un guardia civil o un policía se juegan la vida para defender sus derechos y libertades, es un héroe del que nunca se hace notar que es eso, un funcionario (sustantivo).

martes, 3 de abril de 2012

Déjà vu

Leo con sensación de déja vú esta entrevista en la que la presidenta del Colegio de Enfermería de Guipúzcoa, María Jesús Zapirain se felicita por una sentencia del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco en la cual se da la razón al colegio, frente a la asociación de técnicos de laboratorio, en un espinoso asunto: quién está facultado para la extracción de muestras en un laboratorio clínico, algo jurídicamente enmadejado, ya que existe incluso una Sentencia en casación del Tribunal Supremo de 2007 en sentido bien  contrario. Pero bueno, dejaré estos enrevesados aspectos jurídicos a quien más sabe sobre ellos dentro de la enfermería, por si quiere  -una vez más, pero siempre con respeto, amistad y admiración-  contradecirme y animamos esto un poco.

Vamos a ello: el título ("en defensa de las competencias enfermeras") me hace reflexionar y preguntarme por qué motivos, que no sean burocráticos (lo dice la ley) o históricos (siempre lo han hecho las enfermeras), extraer sangre debería considerarse una competencia enfermera.

Los argumentos que se desgranan a lo largo de la entrevista son de tres tipos: a) porque "los enfermeros y enfermeras son los únicos competentes habilitados legalmente, junto a los médicos"; b) porque "todos los enfermeros están capacitados para realizar extracciones y tomas de muestras biológicas por su propia titulación"; y c) porque "sus conocimientos, experiencia y ética garantizan una respuesta adecuada ante una crisis de salud añadida a la pura extracción, mientras que un técnico no es competente para actuar en un momento crítico con las mismas garantías".

Analizando el tema "desde fuera", es decir, sin otros intereses que los de una persona a la que una vez al año,  por término medio, le sacan sangre en una sala de extracciones, quizás el único argumento que podría servirme es el último, ya que mi propósito es interrogarme sobre qué ocupación es más coste-efectiva para esta tarea concreta. A priori y dentro de mi ignorancia, no creo realmente que sea necesario estudiar cuatro años (menos aún, como medio sugiere, realizar la nonata especialidad de enfermería médico-quirúrgica durante otros ¿dos? años más) para aprender a hacer extracciones de sangre y además sospecho que la calidad y eficiencia en esta tarea está más relacionada con el aprendizaje on the job, que con el background académico. Y que la ley sancione la competencia de las enfermeras y relegue a los técnicos a "ayudar", también me importa un bledo: las leyes están para cambiarlas según va cambiando la realidad y esta ley (en realidad una Orden Ministerial) data de 1984, hace más de 25 años.

Pero, bueno, hago caso del tercer argumento: si un técnico no es competente para actuar en un momento crítico y cuando me están extrayendo sangre para una analítica se produce un "momento crítico", prefiero que sea una enfermera quien esté a mi lado.

Sin embargo, buscando en Pubmed sobre eventos adversos relacionados con la extracción de muestras de sangre no he sido capaz de encontrar una sola referencia, no ya a "momentos o sucesos críticos", salvo a chapuzas en la ejecución de la tarea (pinchazos fuera de zona, dolor, moratones...), nada que parezca comprometer mínimamente mi seguridad (aunque sí cabrearme, sea una enfermera o un técnico el manazas).

O sea, que si me tratan de vender la moto como ciudadano/paciente, y parece que esta líder colegial quiere hacerlo, me parece demagógico y creo que la descalifica como interlocutor para ese pretendido "pacto social" entre profesionales y sociedad que tanto gusta a las organizaciones corporativas. No sé si es correcto afirmar que las profesiones están al servicio de las organizaciones, pero lo que sí es absolutamente evidente es que las organizaciones no están  -bueno, dejémoslo en no deben estar-  al servicio de las profesiones.

Pero, sobre todo, ¿no ha reparado esta líder colegial en que está empleando absolutamente los mismos argumentos, punto por punto, que sus colegas de las organizaciones colegiales médicas para descalificar que las enfermeras puedan, por ejemplo, prescribir incluso medicamentos no sujetos a receta médica? ¿O para tratar de cargarse los planes formativos de las especialidades enfermeras? O sus colegas en Estados Unidos para negar que las anesthetist nurses puedan anestesiar autónomamente en los quirófanos?

Para mí este asunto de dudosa cordura sólo toma sentido a través de esta ecuación: tareas =  puestos de trabajo = rentas. Si extraen sangre las enfermeras, habrá puestos de trabajo y nóminas de enfermeras para ello; si lo pasan a hacer los técnicos esos puestos de trabajo pasarán a ser ocupados por técnicos, como ya sucedió a partir de 1984. Y la señora Zapirain hace muy bien en luchar por puestos de trabajo para las enfermeras y hace muy bien en utilizar en sus recursos toda la argumentación jurídica que le beneficie. Nadie va a criticarla por ello. Pero estos argumentos obsoletos ya no son de recibo hoy en día.

Pero lo más alucinante es que este tema, que nada menos que está en el origen de la creación de un sindicato corporativo y en la toma de la organización colegial por la vieja guardia que se autoreivindicaba (entonces, ahora ya no es cool) como ateeses, siga vivito y coleando después de casi treinta años. Y que haya jueces, como es el caso, que consideren que la disposición derogatoria de la Ley de ordenación de las profesiones sanitarias de 2003 no es bastante, por genérica, para derogar una orden ministerial de 1984. ¡Qué país!

miércoles, 23 de marzo de 2011

La historia reciente: La OMC frente al resto del mundo (profesional sanitario)


La posición de la OMC ha sido siempre de abierta cerrazón frente a cualquier posible desarrollo, aunque fuera muy descafeinado, del reconocimiento de la capacidad legal de cualquier otra profesión sanitaria que pudiera invadir sus competencias tradicionales, que anacrónicamente entiende como exclusivas, sin matices, ni graduaciones, ni fecha de caducidad; ello no sólo incluye a los titulados medios (enfermería, podología o fisioterapia), sino también a otros titulados superiores (farmacéuticos  -la llamada atención farmacéutica-  o psicólogos clínicos).

En ocasiones, su retórica llega bastante más allá de la mera defensa legítima de los monopolios profesionales que tiene legalmente reconocidos y produce verdaderos dislates, consecuencia del predominio ocasional de la componente menos racional y más pasional del conflicto interprofesional, un clasismo trasnochado con una clara base de soberbia y desprecio frente a la enfermería: “Que nadie otorgue ayudas al médico que ni ha pedido ni debe pedir (...) El Ministerio de Sanidad quiere otorgar a la enfermería actividades propias del médico, cuando las mismas son éticamente rechazables en tanto pueden ser perjudiciales para la salud y la seguridad del paciente, lo que en determinados casos y con la suficiente dimensión puede devenir en un problema de salud pública. Sería paradójico que el médico dedique su tiempo a limpiar el instrumental y que la enfermería u otros profesionales sanitarios prescriban por él” (Escrito de alegaciones al proyecto de orden ministerial de desarrollo de la disposición adicional duodécima de la ley del medicamento, página 23). Efectivamente, el sueño de la razón produce monstruos.

Por cierto, el inevitable rifirrafe entre la OMC y el CGE con respecto al asunto de la prescripción enfermera agudizó las ya entonces pésimas relaciones entre sus consejos generales (y sus presidentes), que quedan perfectamente retratadas en una carta que un despechado Máximo González envía el 23 de enero de 2008 a Isacio Siguero, a la sazón presidente de la OMC, y que tiene un componente emocional  más propio de lo personal, que de lo institucional, con un puntito culebrón: “Ha llegado el momento, querido Presidente, de terminar con esta situación y poner las cartas boca arriba. No podemos permitir ni un insulto más, ni un menosprecio más”. La gota que colmó el vaso y provocó esta iracunda reacción fue la hostil ofensiva abierta por la OMC contra la orden de desarrollo de la  disposición adicional duodécima de la ley del medicamento y que puede consultarse mirando las notas de prensa de la OMC de aquellas fechas.

He defendido públicamente, aunque no sirva esto precisamente para ganar amigos ni en una orilla,  ni en la otra del río, que la prescripción enfermera nunca fue una reivindicación importante de las élites enfermeras, más allá de la reivindicación del reconocimiento de lo que ya venían haciendo las enfermeras, pero que fue cuando la OMC y otros foros médicos salieron en tromba con posiciones tan ofensivas como ésta  -y aún mucho más lejos, pero no es cuestión de reabrir heridas más allá de lo que ya estoy yendo-  y llegaron a menospreciar y despreciar a la profesión enfermera globalmente, como lo hicieron sin duda, cuando las enfermeras vivieron como un triunfo personal la aprobación de la más que modesta ley de "prescripción enfermera"). En todo caso, hay que reconocer que la actual dirección de la OMC no es tan facha, ni mucho menos, como sus antecesores; aunque a veces, como al escorpión de la fábula, les salga su "naturaleza".

En fin, la conflictividad, que se concreta habitualmente no sólo en agrias declaraciones y comunicados sino también en la intensa litigación judicial mantenida, no se limitó a los aspectos relacionados con la prescripción enfermera, ya que la OMC tiene por costumbre recurrir cualquier norma que defina funciones de otros colectivos donde aparezcan ciertos términos tradicionalmente médicos, como, por ejemplo, ‘diagnóstico’; siempre son desestimadas, pero sirve para que sus notas de prensa lo presenten como un reconocimiento de sus demandas monopolistas, como puede verse en este titular de la web de la OMC del 12 de marzo de 2010: “La Audiencia Nacional sienta doctrina al reconocer que la competencia de ‘diagnosticar enfermedades’ corresponde al médico”. Pues bien: a) la Audiencia Nacional no sienta doctrina porque sólo el Tribunal Supremo tiene esa capacidad dentro del poder judicial; y b) lo que la sentencia del recurso 847/2008 reconoce es que sólo el médico tiene capacidad para realizar diagnósticos médicos y, dado que “ni en el número 2 ni en el 8 del apartado 3 del Anexo de la Orden se está fijando como objetivo de la formación en enfermería el adquirir competencias para el diagnóstico médico [los subrayados son míos]”, el recurso se desestima con lo cual avala que la enfermera deba adquirir competencias durante su formación relativas a “los procesos por los cuales se diagnostica, trata o cuida un problema de salud”. Vaya, unos mentirosillos...

Ya había sucedido lo mismo cuando la OMC recurrió contra una orden equivalente referida a la formación de los fisioterapeutas y asimismo fue desestimado el recurso porque “cuando el anexo de la Orden fija como objetivo el adquirir competencias para la ‘valoración diagnóstica de cuidados de fisioterapia’, no está incluyendo el diagnóstico médico, ni, por tanto, posibilitando la adquisición por los estudiantes de fisioterapia de competencias expresamente reservadas a otros profesionales sanitarios”.

Por otro lado, la OMC ha recurrido los programas formativos de todas las especialidades enfermeras, la más reciente la de  Enfermería Geriátrica, recurso que una vez más perdió.

También hay que decir que el mantenimiento de esta cultura litigadora que sólo mira hacia el pasado, en lugar de una mentalidad proactiva de negociación y acuerdos que miren hacia el futuro para ir acometiendo la inevitable adaptación de los mapas competenciales interprofesionales a las nuevas necesidades sociales y sanitarias, no es exclusiva de la OMC, sino de todas las organizaciones colegiales sanitarias, incluido por supuesto el CGE. Ya trataremos de ello más en extenso.