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viernes, 10 de agosto de 2012

Así no, así sí


Así no se defiende la colegiación obligatoria: ¡chicos torpes!



 Así sí: ¡buenos chicos!


jueves, 21 de junio de 2012

Llegó el verano. ¿Cómo lo sé? Mira dentro.

Muy sencillo: todos los años, cuando llega el verano, la industria vuelve a su murga sobre la necesidad de ingerir tres litros de líquido al día, algo que, como ya tuve la ocasión de comentar hace más o menos un año, es una (rentable) patraña, nunca corroborada por evidencias científicas (excepto, naturalmente, en sectores de la población más vulnerables, como niños y ancianos). Y para ello la gente con (legítimos) intereses comerciales se enmascara detrás de fundaciones y otras organizaciones científicas que intentan proporcionar una pátina de credibilidad médica a lo que no son más que estrategias de márketing. Cuentan para ello con profesionales sanitarios y científicos con filiaciones profesionales a medida del encargo que venden su reputación al mejor postor para sacar unas perras sólo por poner su nombre, sin dar un palo al agua (y nunca mejor dicho).

No me parecen mal campañas institucionales que recuerden a la gente la necesidad de mantenerse bien hidratada, especialmente en verano, pero sí que se traten de hacer pasar por científicas unas informaciones tendenciosas que sólo persiguen mejorar las ventas y las cuentas de resultados de la industria.

El año pasado quien estaba detrás era Danone (fabricante de nueve marcas de agua envasada, entre ellas dos españolas) a través de la iniciativa Hydratation for Health.

Y este verano tocaba lo de siempre. Por eso sé que es verano. Con la diferencia de que este año la Organización Médica Colegial (el Consejo General de los 52 colegios oficiales de médicos) se ha prestado a dar un respaldo de respetabilidad científica en la presentación de la campaña-murga veraniega, presentando un estudio del Observatorio de Hidratación y Salud y publicando un resumen excepcionalmente amplio en su web dirigida a la sociedad, medicosypacientes.com, bajo este impactante titular:

El 70% de la población está en situación de riesgo de deshidratación durante los meses de verano

¡El 70% de la población, en riesgo de deshidratación! Ante titulares tan pasados de vueltas uno siempre se pregunta qué intereses se ocultarán detrás de esa loable "institución de carácter científico-técnico que surge de la necesidad de mejorar el conocimiento en torno a la hidratación y profundizar en sus aspectos sanitarios", según la milonga que nos cuenta el 'Observatorio' en su web.


Parafraseando a Alejandro Dumas y su cherchez la femme, es fácil: busca a la industria. Y, claro, quien está detrás esta vez es la Asociación Nacional de Fabricantes de Bebidas Refrescantes Analcohólicas (ANFABRA), que es quien financia el Observatorio de Hidratación y Salud y a quien la Organización Médica Colegial ha dado su generoso respaldo científico-técnico. Es evidente que se trata de un titular absolutamente tendencioso, como tendencioso es que este benéfico Observatorio ponga un especial énfasis (y así lo dice explícitamente la catedrática de nutrición de la Facultad de Farmacia de la Universidad Complutense que co-presentó el estudio) en la importancia de "beber variedad de bebidas: agua, infusiones, refrescos, zumos, lácteos, etc. El sabor de las bebidas ayuda a beber lo necesario". Y así como  no existe evidencia científica sobre la necesidad de hidratarse con un volumen determinado de líquido al día, lo que sí es bien conocido y está bien respaldado por evidencias epidemiológicas es que el consumo de refrescos y zumos con azúcares añadidos es un importante factor de riesgo de obesidad y desarrollo de enfermedades renales o diabetes, a pesar de los esfuerzos de la industria por adulterar ensayos clínicos y negar la evidencia. Al menos, debería haber existido una mención de la OMC, especialmente dirigida a adolescentes y jóvenes, al riesgodel abuso de la ingesta de líquidos envasados con azúcares añadidos.

Pero lo más lamentable es que un organismo como la OMC, que tiene entre otras la función de ayudar a la población a saber separar el trigo (la evidencia científica médica) de la paja (las maniobras orquestales en la oscuridad de la industria), coopere en un acto puramente publicitario de Pepsicola, Schweppes o Redbull, presentando un estudio de parte, es decir, financiado por la propia industria. Espero, al menos, que a la OMC le haya salido suficientemente rentable vender su alma al diablo, ya que el ejemplo que han dado es deplorable.

Puestos a ello, me quedo con SEMERGEN (una de las tres sociedades de médicos de atención primaria), que prefiere facturar al Instituto de Investigación Agua y Salud, financiado por la Asociación Nacional de Empresas de Aguas de Bebida Envasadas (Aneabe) y que se conforma con promover la ingesta de dos litros de agua al día. Y ni mención  -¡claro!-  a los refrescos.

miércoles, 8 de febrero de 2012

¿Lucha de clases o lógicas evolutivas?


El Ejército del Aire de los Estados Unidos de América ha aceptado legalmente el rol de las Certified Registered Nurse Anesthetist [CRNA, algo así como 'Enfermera Especialista en Anestesia']. En la Instrucción 44-102, de 20 de enero de 2012, de la que os pongo un enlace a estos contenidos, dice cosas como:

  •  "La Anestesia es una especialidad reconocida de médicos y de enfermeras".
  • "Tanto los médicos anestesistas como las CRNA son reconocidos como profesionales independientes dentro de sus respectivos ámbitos de ejercicio".
  • "La Junta Directiva del establecimiento designará a un especialista en Anestesia (médico anestesista o CRNA) como Jefe de Anestesia, quien será responsable de dirigir la asistencia anestésica directa a los pacientes y de la supervisión clínica del Servicio de Anestesia del establecimiento".
  • El Jefe de Anestesia deberá [...] ser el anestesista asignado al establecimiento más experimentado y clínicamente competente".
Y digo yo: ¿Tiene mucho sentido esto? Si hacen lo mismo, ¿por qué tienen que existir dos profesiones diferenciadas? ¿Se trata de una fase evolutiva y dentro de veinte a treinta años ya no exisitirán en los EEUU médicos anestesistas, sólo enfermeras anestesistas?

Yo creo que sí, que se trata de uno de esos estadíos evolutivos en que coinciden los disfuncionales neandertales y los mejor adaptados cromañones. Sobre todo por tratarse de quien se trata el reglamentador: el ejército de los EEUU, la institución que cuando acepta incorporar a colectivos diferenciados (negros, mujeres, homosexuales o, ahora, enfermeras de práctica avanzada) lo hace cuando más allá de los muros de los cuarteles ya se trata de una realidad social plenamente aceptada e integrada.

Y esto vale tanto para tirios como para troyanos:
  •  Para tirios (enfermeras): aunque la voluntad y el ardor guerrero sean poderosos, mientras que la sociedad no asuma plenamente la funcionalidad de los nuevos desarrollos que se proponen, no existirá  un sustrato firme para crecer.
  • Para troyanos (médicos): pero cuando el medio social asume la nueva racionalidad, nadie puede poner puertas al campo. Sólo tratar proactivamente de adaptarse en nuevos nichos de un ecosistema que ha cambiado ante nuestros ojos, pero no hemos podido (o querido) verlo y admitirlo.

PS.- Y, reflexionando ahora en plan provinciano, mientras tanto la Organización Médica Colegial tira de las cuotas de sus colegiados para impugnar judicialmente, de manera sistemática, cada reglamentación que pueda suponer (o simplemente parecer) un pequeño avance para la enfermería. Eso sí, palmando siempre: nunca ha ganado ni un recurso, como le ha vuelto a suceder ahora con la impugnación del programa formativo de la especialidad de Enfermería Familiar y Comunitaria... y antes de la de Enfermería Geriátrica... y de la de Enfermería del Trabajo... y contra el diagnóstico de enfermería... ¡Ah! Y puestos ya de paso y por el mismo precio, contra el diagnóstico de fisioterapia, etc...

lunes, 17 de octubre de 2011

¿Pero es que hay una epidemia de TOC entre los galenos?

Ya ni sé la de veces que he tenido que hacerme eco en el blog de declaraciones, escritos, comentarios, cartas al director... de médicos arremetiendo contra la enfermería y las enfermeras. Por el contrario, no es muy habitual leer invectivas en sentido contrario, de enfermeras arremetiendo contra los médicos, de las cuales me haría eco también, sin duda. En nada nos favorecen a quienes no somos médicos ni enfermeras, pero somos o seremos pacientes, y, de hecho, en nada favorecen ni a médicos ni a enfermeras. Son un problema mezcla de elitismo, machismo e incultura.

¿Por qué sucede esto? Serían sin duda necesarios estudios de primera mano que quien podría y debería encargar no lo hace, pero desde el sentido común no es difícil aventurar que estas actitudes elitistas, provinientes de gente a quien se supone ilustrada y con un neocórtex frontal con un tamaño mínimo como para poder ejercer una profesión compleja como es la medicina, deben explicarse por algún sentido de la amenaza al estatus tradicional de los médicos. De esta manera, gente intelectualmente elevada se comporta como víctima de un trastorno obsesivo-compulsivo [TOC] que sólo sacia sus necesidades a base de exabruptos.

El otro día, el secretario general de la Organización Médica Colegial [OMC] decía lo siguiente:
En la Atención Primaria asistimos a una indefinición de roles , y vemos como los pediatras atienden a los niños, los geriatras a los ancianos, los equipos de salud mental a este tipo de patologías, los internistas atienden al enfermo pluripatológico y polimedicado, el tocólogo al embarazo normal y ya estan aqui los urgenciólogos y los paliativistas reclamando espacio. Junto a esto los enfermeros amplían sus competencias ocupando el espacio de la prevención de la salud, prestan atención domiciliaria y atención a los enfermos crónicos. ¿En este escenario que nos queda? (...) La indefinición de los roles del médico de familia y el aumento de competencias de otros profesionales sanitarios ha llevado al médico de familia a realizar labores burocráticas y demandas de procesos agudos y no programados que están ahogando sus verdaderas funciones y sesgando el desarrollo de sus competencias, produciendo un trabajo insatisfactorio de forma general.
Como puede verse, se trata de una reflexión reactiva, defensiva y, con mucha razón, que aboga por una redefinición de los roles profesionales, justo lo que desde los sectores más avanzados de la enfermería se defiende, siempre que se haga de manera consensuada y pensando exclusivamente en qué es lo mejor para los pacientes y la sostenibilidad de los servicios de salud, no para cada cual.

Y hoy, el reputado y hasta hoy admirado médico Juan Gervás (ver aquí el curriculum que ha colgado en Wikipedia), enmarcado en un artículo de opinión digno de Intereconomía, la emisora española de radio y TV más fascistoide de todas  -y eso que hay competencia...-  se despacha a gusto contra las mujeres (las mujeres tienen XX por pareja de cromosomas sexuales. Una X del padre y una X de la madre. Al azar, cada célula del cuerpo de la mujer expresa el X de la madre, o el X del padre. Por ello la mujer es lo que genéticamente llamamos 'quimera'. Las 'feminoides' (no feministas, que estas son inteligentes) dicen que el día que las mujeres gobiernen el mundo será diferente (en el sentido de mejor). Quizá, pero los hechos refutan tal teoría, pues es sólo una quimera), contra la Ley de prevención de la violencia de género ("es cierto que los hombres somos más brutos que las mujeres, y que nuestra violencia es más vistosa. Así, los crímenes varoniles se ven mucho, todo lleno de sangre, mientras los de las mujeres se certifican en paz y con tranquilidad ('querido, ha dicho el médico que tomes un poquito más de tu medicina para el corazón...'). Por ello las mujeres consiguen una Ley Orgánica de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género que las protege a ellas solas. Una Ley que no es de género, pues no existe un solo género") y, dejándose llevar por su TOC, contra las enfermeras:

Las enfermeras se reclaman el 50% de la fuerza laboral sanitaria y se sienten discriminadas. Lo son, lamentablemente. Pero ante problemas como el de Leganés (el de la falsa denuncia, el caso del Consejero de Sanidad de Madrid, Manuel Lamela, de 2005, de eutanasia masiva en urgencias del Hospital Severo Ochoa), se quitan de en medio, pues 'sólo cumplimos las órdenes de los médicos'.
Les gustan las quimeras, tipo los protocolos y las guías, los pacientes sanos y jóvenes, y la prevención como bien demostró Cristina Pérez en su clásico trabajo cualitativo. Es decir, no les gusta lo que la sociedad y los pacientes precisan, enfermeras que trabajen con viejos, enfermos y crónicos, sobre todo a domicilio. De hecho, las hay que se transforman en enfer-mesas, por el placer que les reporta trabajar en el despacho. Trabajan lejos de los problemas de los pacientes y de los médicos (en muchos centros de salud las enfermeras atienden a medias de 10 pacientes por día, contra 40 los médicos, ¿a cuánto sale cada acto enfermero?

Ya hace unos días cuando pontificó sobre el médico, no director de orquesta sino piloto del avión, pensé en llevarlo al rincón del demagogo que tiene este blog, pero la trayectoria intelectual de Gervás me llevó a pensar que se trataba de un lapsus producido por alguna emoción mal sujetada ("el sueño de la razón engendra monstruos", que dijo Francisco de Goya), y me limité a ignorarlo. También me frenó que el medio donde publica este tipo de tribunas, Acta Sanitaria, es una publicación progresista y comprometida con la sanidad pública, aunque no entiendo porqué debe publicar semejantes desatinos, que no sólo dejan en evidencia a su firmante sino también al medio en que se editan.

No sé lo que pensarán sus  -al menos, siete-  compañeras enfermeras del Equipo CESCA que él fundó y dirige. Sí me trajo a la memoria un trabajo de otro co-fundador del Equipo, Mercedes Fernández, médica, en el que curiosamente se reivindica a los médicos como enfermeras: los médicos tenemos una larga historia profesional, de cientos de miles de años, desde la Prehistoria. Probablemente desde la primera mujer que, con una sensibilidad y capacidad fuera de lo común, sumó conocimientos y habilidades de 'sanación'. Por ejemplo, ayudar al parto, utilizar 'hierbas' para enfermedades, reducir luxaciones, reparar fracturas, curar heridas y ayudar a morir en paz.

Es evidente que esos son los antecedentes de las enfermeras-mujeres, mientras que los médicos-hombres se reflejan más bien en los brujos o chamanes en supuesto contacto con los dioses para auto-adjudicarse un elevado estatus en la tribu, mientras que las mujeres trabajaban duramente para poder que atender y cuidar a sus familias y comunidades.Y es evidente que sólo se puede escribir eso, siendo médico, si uno piensa que todo lo relacionado con la salud, y hasta el bienestar, es medicina y sólo medicina. Puro delirio, que diría el bolero.

En fin, es sorprendente que sean tantos los médicos que tienen un serio problema con la enfermería, incluso algunos de aquellos a los que siempre hemos admirado, pero yo no haría mucho caso a sus panfletos y me quedaría con aquello de positivo que han aportado y aportan: a fin de cuentas, tienen un problema médico (a su TOC me refiero). Y si tienen ese temor a ser desplazados por las enfermeras es que algo están viendo en esa dirección: "ladran, luego cabalgamos" (frase que no es de El Quijote, como suele decirse, sino de Goethe).

Por mi parte, no voy a entrar más en este monotema por muchas burradas que lea, hay cosas más importantes y cosntructivas de las que hablar.

viernes, 19 de agosto de 2011

Lecturas de verano: (2) Deontología y corporativismo

Siguiendo con las lecturas de verano, durante estas vacaciones del blog también he leído un interesante texto de Jacinto Bátiz, secretario de la Comisión Central de Deontología de la Organización Médica Colegial. En un artículo de ¿opinión? publicado en El País el pasado 2 de agosto, en el que se supone que debería aclarar, eso, la opinión de este importante órgano corporativo y orientar a los profesionales en este tipo de dilemas deontológicos, realiza toda una exhibición de cómo quedarse con el personal.

Recapitulemos: El artículo viene enmarcado en la polémica por la conducta presuntamente cruel y antiprofesional del personal médico (y directivo) de una residencia asistida privada donde, al  parecer, mantienen a una anciana sorda, ciega, escarada y demente atada permanentemente a la cama para que no se quite una sonda nasogástrica cuya única función es que no se muera, a pesar de que no existe la más mínima probabilidad de supervivencia autónoma: es decir, que se intenta que permanezca así hasta que en semanas o meses muera por causas ajenas a su actual estado de salud, probablemente a causa de una infección nosocomial. Esta es la información que facilita la familia y la asociación Derecho a Morir Dignamente, de ahí que, por ser información de parte  -el centro sociosanitario, ni sabe, ni contesta-, antepongamos el término "presuntamente" a la hora de calificar como cruel, incívica y antiprofesional la conducta de unos profesionales  que parecen intentar volver a poner de moda la expresión, ya en desuso, "encarnizamiento terapéutico", al negarse a retirar la alimentación enteral a una persona en esas condiciones personales y de salud, cuyo representante legal (tutor) así lo solicita expresa y formalmente.

Pues bien, don Jacinto Bátiz, quien también es especialista en cuidados paliativos y jefe de una unidad hospitalaria, basa la tesis de su artículo en la diferencia entre "tratamiento médico" y "cuidado básico"; para él, la "alimentación artificial de fluidos y alimentos" mediante sonda nasogástrica sería un cuidado básico y no una intervención médica; por el contrario, "la hidratación y la alimentación enteral (enterostomías quirúrgicas o percutáneas) o parenteral (por vía periférica o central) son tratamientos médicos". Así que, en este caso, no compete al médico ejecutar las decisiones del paciente o sus representantes legales.Y, además, "la tutora solicita que se aplique un tratamiento médico, la sedación, cuya indicación la hará el médico cuando compruebe que el resto de los tratamientos empleados correctamente para aliviar el sufrimiento no hayan resultado eficaces".

De manera  absolutamente sibilina, pero inequívoca, Bátiz avala la infame actuación de sus colegas, quienes no serían los responsables de retirar la alimentación enteral, sólo de sedar al paciente: que se "coman el marrón" de retirar la sonda otros...

Doctor Bátiz: me cuesta mucho imaginar que la orden de sondar y de hidratar y alimentar por esta vía a la paciente la diera alguien que no fuera su equipo médico, es decir, que la adoptaran las enfermeras sin indicación médica, menos aún otro personal. ¿Verdad que a usted también le cuesta imaginarlo? Pues entonces es evidente que la instrucción de retirar la sonda deberá partir del mismo profesional o equipo que dio la de colocarla. Y punto, no hacen falta más disquisiciones: si ordenar colocar una sonda es un tratamiento médico, retirarla u ordenar retirarla también. Su artículo no es sino un disimulado ejercicio de lamentable corporativismo en una situación humana  -que no clínica, aunque con implicaciones clínicas-  extrema, en la que no es ético tratar de echar balones fuera. Y, lo que es peor, traicionar a unos pacientes que se supone que son lo más importante, por encima de cualquier otra consideración, para los profesionales de la salud a quienes la Comisión Central de Deontología debe orientar y no encubrir.

jueves, 23 de junio de 2011

El impacto real de la colegiación voluntaria

Aunque no está nada claro si llegará a ver la luz en esta legislatura, el Gobierno ha anunciado la aprobación "inminente" (el primer anuncio era para febrero y el segundo para este junio a punto de finalizar) del anteproyecto de Ley de Servicios Profesionales en el que, al parecer y en principio, se eliminaría la obligatoriedad de la colegiación para los profesionales al servicio exclusivo de las administraciones públicas. Ya hemos hablado anteriormente de las intensas  presiones que los consejos generales de colegios enfermeros y médicos están realizando y nos hemos preguntado si tienen razones objetivas para ello.

La implacable opacidad generalizada de las organizaciones colegiales hace imposible evaluar el impacto por métodos directos, así que no queda más remedio que acudir a otras fuentes oficiales. En este caso, hemos utilizado datos del Instituto Nacional de Estadística, INE.

En la tabla que podéis ver algo más adelante, he calculado dos series (2005-2010): a) El número de nuevas enfermeras que se diploman cada año, obtenido de la Estadística de Enseñanza Universitaria; b) El número de colegiados existentes a 31 de diciembre de cada año, extraído de la estadística de Profesionales Sanitarios Colegiados.

Por otro lado, como sabemos, hay algunas comunidades autónomas [CCAA] en las que los profesionales al servicio de las administraciones públicas sin ejercicio privado están exentos de la obligatoriedad de estar colegiados. Se trata de Andalucía (Ley de Colegios Profesionales de 2003, art. 4), Asturias (Ley de Medidas Presupuestarias, Administrativas y Fiscales de 2003, art. 11), Cantabria (Ley de Colegios Profesionales de 2001, art. 17.3) y Extremadura (Ley de Colegios Profesionales de 2002, art. 17.1).

Bien, pues hemos partido de la hipótesis de que, de no existir impacto relevante de la exención de la colegiación (es decir, que la gente se sigue colegiando de todas formas porque encuentran útiles sus colegios), existiría una correlación significativa entrte las tasas anuales de variación en el número de nuevos diplomados en enfermería y en el número de colegiados. Es cierto que hay que tener un amplio margen de holgura, ya que mientras que nuevos diplomados son nuevos diplomados, el número de colegiados depende también de otros factores, básicamente quienes se descolegian al jubilarse y también los colegiados que fallecen o los que abandonan o aún no han entrado en el mercado laboral. Y, naturalmente, existen factores particulares propios de las provincias que habrá que tener en cuenta.

En fin, para no aburrir, hemos agrupado, por un lado, las CCAA en las que los empleados públicos pueden optar entre colegiarse o no hacerlo (las cuatro citadas, que suponen un 21% de los nuevos diplomados anuales y un 24% del total de colegiados ) y el resto, es decir, aquellas en las que el personal estatutario y laboral al servicio de las administraciones públicas está obligado a colegiarse de todas formas.

Esta es la tabla (pinchar para ampliarla):


En ella vemos que no existen apenas diferencias en la tasa de incremento anual en el número de nuevas enfermeras (diplomadas egresadas de las EUE), 2.1 para las comunidades con colegiación obligatoria y 2.0 para las cuatro "anómalas". La variación interanual en el número de quienes se incorporan al mercado laboral y para ello tienen  -o no-  que colegiarse es prácticamente idéntica.

Sin embargo, la tasa de variación interanual en el número de colegiados (que se nutren básicamente de los efectivos anteriores, las nuevas enfermeras) es radical y significativamente muy diferente: 3.0 para las CCAA en las que no hay más remedio que colegiarse y 1.3 para aquellas otras en las que los recién diplomados pueden elegir. Es decir, un 57% menor en éstas que en aquéllas.

¡Ojo con  el dato! No podemos inferir ningún tipo de regla ("se colegia un 57% menos"), pero sí podemos concluir sin  riesgo (estadístico) de equivocarnos que la variable "libertad de colegiación" tiene un efecto demoledor. De hecho, si calculamos el porcentaje de nuevas enfermeras sobre nuevos colegiados (colegiados de un año, menos colegiados del año anterior), el valor es de un 83% en las CCAA con colegiación oblligatoria y desciende abruptamente hasta el 30% en las CCAA con colegiación voluntaria. Y se supone que los efectos de variables externas (jubilaciones, retrasos en el momento de la colegiación para hacerlo coincidir con el de entrada efectiva en el mercado laboral, salidas del mercado laboral...) no deberían afectar más a unas comunidades que a otras:



Por eso, creo que sí podríamos decir que el impacto potencial de una Ley de Servicios Profesionales que estableciera con carácter estatal la voluntariedad de la colegiación significaría, en el mejor de los casos, una pérdida por encima del 50% de la colegiación, al menos de la colegiación nueva.

Y si el Consejo General de Enfermería se empeñara, no sólo en hacer lobby junto a los médicos para torcer el brazo del poder ejecutivo, sino, como está intentando hacer la Organización Médica Colegial, reformarse, rejuvenecerse y tratar de hacerse valer ante los colegiados de hoy, obligados casi todos, para que se mantengan colegiados mañana, ese día en que, como es normal en un país democrático, se trate de algo voluntario o cambien las reglas del juego.

lunes, 16 de mayo de 2011

Sobre la colegiación obligatoria... de nuevo (segunda parte)

¿Qué quise decir en la primera parte de esta entrada con "no a la colegiación obligatoria en estos colegios"?


Aunque en principio yo creo que hay fórmulas mucho mejores para ejercer el control de las prácticas profesionales y para regular las profesiones que los colegios (y que las administraciones públicas, por cierto), lo cierto es que son fórmulas que tienen éxito en países muy diferentes al nuestro; se trata de sociedades más abiertas donde la ley no trata necesariamente de uniformarlo y encorsetarlo todo, como aquí, más abiertas y menos burocráticas, más transparentes y menos corporativistas. Por eso, por un motivo tan pragmático como pensar que los modelos que considero mejores no podrían desarrollarse en España, es por lo que creo  -deseo, más bien-  que el actual modelo colegial podría evolucionar hacia otro más moderno que aporte valor de verdad a la sociedad. Y, en ese caso, se podría distinguir entre la colegiación, que sería voluntaria, y el registro en el colegio, que sí sería obligatorio para poder ejercer.


Hablando exclusivamente de la colegiación (hay muchas otras propuestas de reforma), los colegios se verían obligados captar a los potenciales colegiados y, con las cuotas que estos libremente les aportaran, desarrollar acciones y programas que contribuyeran a la mejora de las competencias y prácticas profesionales y que sirvieran de apoyo de todo tipo a los colegiadoes, pero siempre dentro del nivel financiero que realmente se trabajen y consigan: hoy no se lo trabajan porque no tienen que hacerlo. Y eso es malo, no sólo para quienes se ven obligados a estar colegiados, sino especialmente para los propios colegios, que han venido experimentando un lento proceso de degradación que los ha convertido en absolutamente irrelevantes no sólo para la sociedad, sino también para los propios profesionales.

Dicho de forma contundente: “No se puede ir contra la colegiación libre ni mantener que un médico se sienta obligado a estar colegiado. Lo que debemos lograr desde los colegios es que la cuota a los médicos no sólo les salga gratis, sino que perciban, además de la labor deontológica y la defensa de la competencia
profesional que realiza la institución, otros servicios más tangibles, como la tecnología, la informática, ventajas en créditos bancarios... que hagan que vean en la colegiación una ventaja".

Lo dijo en 2007 el presidente del Colegio Oficial de Médicos de Girona (siento no poder documentarlo, pero la revista en que realizó dichas declaraciones (AZ Prensa) cerró hace tres años y sus archivos no son accesibles).


Pero, en fin, este estado de cosas se puede cambiar. Creo que la Organización Médica Colegial lo está haciendo  -con sus aciertos y errores, aunque creo que son más los primeros-, probablemente porque le ha visto las orejas al lobo y también porque la acción de unos pocos, desde dentro, ha conseguido forzar un relevo generacional. Pero desde luego el actual Consejo General de Enfermería está perdido para la causa, no es reconducible. Para este Consejo, no rotundo a la quiebra de la libertad constitucional de asociación. Lo dice un ciudadano y un  -perdón-  experto, no una enfermera.

[Nota.- Por si a alguien le interesa profundizar en el tema, he preparado un resumen extraído de mi publicación Un modelo de organización corporativa de la profesión médica, un tocho de 90 páginas que he dejado en apenas 14 y he concentrado específicamente en las propuestas de reforma de las organizaciones corporativas. Aunque habla de los médicos, dado que ese fue el encargo que me hicieron, basta con cambiar médicos por enfermeras y profesión médica por profesión de enfermería (aunque a Carlos le guste más "profesión enfermero", para gustos los colores...). Este resumen lo podéis descargar pinchando aquí.

viernes, 13 de mayo de 2011

Sobre la colegiación obligatoria... de nuevo (primera parte)

Antonio J. me pide, a través de nuestro grupo en facebook que comente una entrada en el blog de Carlos Tardío (con quien tendré el honor de compartir mesa el próximo 19 de mayo), aunque yo creo que se refiere más bien a esta otra entrada; en todo caso, me referiré a las dos en "lo referente al análisis que hace del por qué 'normativo y constitucional' de la colegiación obligatoria", como me pide Antonio.

No es ésta mi costumbre, ya que si tengo que hacer algún comentario lo hago siempre en el blog aludido, pero desde el más absoluto respeto a las ideas y a quienes las defienden honestamente, como sin duda es el caso de Carlos, voy a hacer algunos comentarios, ya que además se trata de una persona emblemática en muchos foros enfermeros.

En general, no estoy muy de acuerdo con  sus opiniones, no tanto por aspectos u opiniones concretas, como por un tema más general, de visión: mientras la suya es básicamente juridicista y política y por tanto con pocas referencias a los contextos de los hechos y las normas, la mía pretende ser 'sociológica', más de procesos y de contextos, que de hechos. Y, en mi humilde opinión, su justa y prolongada cruzada contra el actual CGE a menudo le enturbia la visión.

De hecho, entrando ya en el tema de la colegiación obligatoria, hasta cuando está de acuerdo con el CGE no tiene más remedio que estar también en contra para no darle  -formalmente-  la razón, ya que ambos defienden la colegiación obligatoria y la justifican con argumentos casi idénticos y, desde mi punto de vista, poco consistentes: ambos se basan en la constitucionalidad de los colegios, ya que aparecen citados en el artículo 36 de la Constitución Española [CE] Este artículo se introdujo en el último minuto y de penalti en el texto constitucional, por los tejemanejes de un senador por designación real, presidente a la sazón del Consejo General de la Abogacía, Antonio Pedrol Rius. Y se limita a decir que "La Ley regulará las peculiaridades propias del régimen jurídico de los Colegios Profesionales y el ejercicio de las profesiones tituladas. La estructura interna y el funcionamiento de los Colegios deberán ser democráticos". Punto.

¿Por qué bastantes opinantes estamos en contra de la colegiación obligatoria? Porque la colegiación obligatoria supone una colisión entre la libertad de asociación (art. 22) y la obligación de colegiación (pretendidamente inspirada en el art. 36), con la diferencia de que el artículo 22 se encuadra en la Sección primera ("de los derechos fundamentales y las libertades públicas") y el 36, dentro de la segunda ("de los derechos y deberes de los ciudadanos"). La libertad de asociación es, pues, un derecho fundamental, no así el reconocimiento de la realidad de los colegios profesionales (por mucho que nos empeñemos en que tanto la Sección primera como la segunda se encuadran en el Título I, "de los derechos y deberes fundamentales"). Y, si ambos derechos entran en colisión debería predominar el derecho fundamental.

Dado lo escueto y poco clarificador del famoso artículo 36, quienes defienden la colegiación obligatoria (hay muchos defensores de la misma entre los sanitarios progresistas, no os penseís que esta defensa es necesariamente "de derechas") justifican su legitimidad a partir del respaldo que el Tribunal Constitucional [TC] le ha dispensado. Es cierto que la doctrina del TC, en general, consagra la excepcionalidad de la colegiación obligatoria como limitación de derechos fundamentales, como es el de asociación  –en su vertiente negativa, libertad de no asociarse–; pero el reconocimiento de esta excepcionalidad no lo realiza en términos conceptuales, sino funcionales o puramente jurídicos: es la ley la que recoge esta obligatoriedad y, de la misma manera, podría dejar de recogerla. O podría recoger las excepciones pertinentes a esta obligatoriedad, siempre que estuvieran basadas en argumentos racionales y en fórmulas alternativas que garanticen los mismos fines sociales que, al menos en teoría, garantizarían ahora la colegiación obligatoria. Por decirlo de manera simple, lo que el TC hace no es refrendar la constitucionalidad de la colegiación obligatoria, sino defender la constitucionalidad de las leyes que contemplan la colegiación obligatoria.

La Sentencia del Tribunal Constitucional [STC] 131/1989 razonó que “dentro del ámbito funcionarial, no todas las profesiones tienen un contenido igual o semejante en relación con su finalidad, por lo que la inexistencia de una reglamentación igual encuentra su fundamento y razonabilidad en el distinto grado o alcance del interés público afectado, y, de otra parte, se constata, como ya hemos hecho en el fundamento jurídico precedente, que la obligatoria colegiación de los médicos en activo se justifica en una legítima decisión del legislador –quien puede, asimismo, exceptuar los casos en que dicho requisito de la colegiación obligatoria no haya de exigirse–  y en la concurrencia de valores y derechos constitucionales como la salud, la sanidad y la vida e integridad física de los ciudadanos que están en juego con ocasión del ejercicio de la profesión médica"

Bien, si la obligatoriedad de la colegiación de los profesionales sanitarios sólo puede justificarse como defensa de valores constitucionales (la salud, la sanidad (¿?) y la vida e integridad física), que alguien me diga a mí qué tipo de controles deontológicos y de buena práctica realizan actualmente los colegios que conocemos hoy en día para garantizar esos valores y derechos: absolutamente ninguno. Porque no pueden hacerlo, pero también porque de hacerlo se meterían en un berenjenal de cuidado. De ahí que mi opinión es no a la colegiación obligatoria a estos colegios que a mí, como ciudadano y como paciente, no me aportan nada. Y ello no puede justificar, al menos en la actualidad, la anulación de un derecho fundamental, como es el de libre asociación.

Dice Carlos:
Sin embargo, cuando la Constitución previó a los Colegios Profesionales anudó para esas Instituciones la ordenación del ejercicio de algunas Profesiones. Será, entonces, la Ley la que nos diga qué Profesiones dejan de ser "enteramente libres" para estar sometidas a un régimen peculiar ¿Y qué Profesiones serían esas? La jurisprudencia ya lo ha dicho: aquellas que incidan sobre bienes jurídicos de relevencia, como la vida, la integridad, la salud, la seguridad, ...

Sin embargo, la STC 194/1998 es muy clara: “la obligación de incorporación a un colegio para el ejercicio de la profesión se justifica, no en atención a los intereses de los profesionales, sino como garantía de los intereses de sus destinatarios. En el caso de quienes trabajan en centros públicos, esa garantía puede ser asumida por la Administración y, en consecuencia, la exención de colegiación aparece como una medida razonable, ajena a todo propósito discriminatorio contrario a [la igualdad ante la ley]".

Dado que esta entrada es un poco farragosa, porque se me pidió este tipo de análisis jurídico, dejaré para la próxima entrada la parte, digamos, más "sociológica" o política del debate. Buen fin de semana.

martes, 19 de abril de 2011

No salió del todo bien...


Hace escasos meses se daba por sentado (recordemos este titular: "El apoyo de Pajín a la colegiación obligatoria es total. Se lo confirma a médicos y enfermeros") que el Ministerio de Sanidad, Políticas Sociales e Igualdad apoyaría la colegiación obligatoria para todos los profesionales sanitarios en el proceso de elaboración de la futura ley de servicios profesionales . Por si le quedaba alguna duda, los presidentes de los consejos generales de enfermeras y médicos daban una vuelta de tuerca para intimidar al gobierno convocando la cumbre del mundo mundial en defensa de los 100 millones de euros que recaudan anualmente entre ambos.

A la vista de lo que sucedió finalmente el viernes pasado (ver aquí o aquí, entre otros muchos sitios), la cosa ya no está tan clara. A pesar de lo intimidatorio de la escenificación por parte de los dos "grandes luchadores" convocantes y de los 1.600 representantes médico-enfermeros congregados, Pajín parece haber aceptado las órdenes de la Vicepresidenta Segunda, Elena Salgado, y chafar la excelsa representación de los dos líderes sanitarios, toda ella sufragada por los forzosos colegiados (y también de los voluntarios en ciertas comunidades, ya no de momento en Galicia, chapeau por ellos).

Al tiempo, Rajoy sí que no defraudó y se manifestó rotundamente a favor de la colegiación obligatoria, hasta el punto de haber presentado una proposición no de ley en el Congreso de los Diputados.

Como dice MAA, seguiremos informando...

martes, 12 de abril de 2011

Como un borracho a una farola...


El comunicado de hoy de la OMC sobre la cumbre del mundo mundial (por cierto, el CGE ha adoptado un perfil muy bajo, ni siquiera hay referencias en su web o en Diario Enfermero) desvela a las claras su único y exclusivo objetivo: intimidar al gobierno, como decíamos ayer. En él se afirma con rotundidad, sin matices, que "es la propia Constitución Española (art.36) la que recoge esta visión actual y democrática de las profesiones reguladas, de sus derechos y deberes, y exige la universalidad de la colegiación y el control deontológico de los profesionales".

Veamos: Artículo 36 de la Constitución Española: "La ley regulará las peculiaridades propias del régimen jurídico de los Colegios Profesionales y el ejercicio de las profesiones tituladas. La estructura interna y el funcionamiento de los Colegios deberán ser democráticos". Punto. Nada sobre colegiación obligatoria, nada sobre derechos  de las profesiones reguladas, nada sobre control deontológico, aunque sí sobre deberes (funcionamiento democrático, que se lo digan al CGE).

De eso sí se trata en la vigente  -aunque varias veces modificada-  Ley de Colegios Profesionales (predemocrática, ya que es de 1974), que dice: "Será requisito indispensable para el ejercicio de las profesiones hallarse incorporado al Colegio Profesional correspondiente cuando así lo establezca una Ley estatal". Punto.

Veamos: la Ley de Colegios Profesionales habla de todos los colegios, entre ellos, además de los evidentes: médicos, enfermeras, abogados, farmacéuticos, arquitectos..., algunos ciertamente pintorescos (no las profesiones, sí el hecho de que sean corporaciones públicas):




Es evidente que hay colegios y colegios, pero la ley es para todos; el beneficioso régimen fiscal también es para todos; y la pretensión de colegiación obligatoria que tratan de colar prácticamente todos los estatutos de estos colegios se entendería sin problemas como una serie de ataques frontales contra el derecho constitucional de libertad de asociación y así lo reconoce sistemáticamente el Tribunal Constitucional (aunque las reformas que está planteando ahora el gobierno tienen que ver con la defensa de la competencia, una postura que está siendo descalificada por los colegios como "neoliberal": ¿hay algo más neoliberal que la autorregulación, el laissez-faire?)

Lo torpe es defender las propias posiciones tratando de enredar a ver si cuela: si la Constitución amparara la colegiación obligatoria, ésta sería también para los joyeros, los guías turísticos o  los decoradores, porque el artículo 36 no hablaría en ningún momento de enfermeras, médicos o detectives privados. Así que ampararse en el famoso artículo 36 es utilizar la Constitución como un borracho a una farola: no para iluminarse, sino para agarrarse (y no caerse).

Lo que las corporaciones profesionales deberían hacer sería convencer a la sociedad y a sus representantes políticos de sus aportaciones concretas en tanto que corporaciones públicas, respondiendo a una pregunta tan sencilla como: ¿En qué me ayudan a mí el CGE o la OMC para garantizarme efectivamente que mi enfermera y mi médico de familia o mi urólogo se mantienen al día, se forman, adoptan guías de buena práctica asistencial, siguen protocolos y normas deontológicas, por ejemplo en su relación con los laboratorios, y son controlados en sus conflictos de intereses, como la objeción de conciencia, los ensayos clínicos o los cuidados a pacientes terminales?


A fin de cuentas, los colegios de farmacéuticos gestionan los cobros y pagos de la prestación farmacéutica pública; los colegios de abogados gestionan el turno de oficio; los de arquitectos llevan el visado obligatorio de obras; los de psicólogos o trabajadores soociales aportan mediadores judiciales o sociales y peritos... Lo harán bien o mal, estará mal o bien que lo hagan, pero hacen algo que los relaciona con la sociedad.


En vez de hacer tantos aspavientos intimidatorios, deberían ser capaces de ofrecer algo a cambio de la colegiación obligatoria: Si tú me la respetas, yo me comprometo lealmente a .................................................. (rellenar la línea de puntos).

lunes, 11 de abril de 2011

La cumbre del mundo mundial


Dentro de la intensa campaña política que están desplegando el Consejo General de Enfermería [CGE] y la Organización Médica Colegial [OMC], destinada a intimidar al Gobierno para que no se atreva, como es su intención, a exonerar a los empleados públicos sanitarios de la colegiación  obligatoria, ambas corporaciones van a gastarse una cantidad no desdeñable de las perras que amablemente extraen de los bolsillos de sus colegiados en celebrar lo que han titulado pomposamente "Cumbre Mundial Médico-Enfermera para garantizar la seguridad de los pacientes". Abrirá la cumbre una "conferencia" del jefe de la oposición, Mariano Rajoy, y la clausurará la ministra de sanidad, Leire Pajín, a quien podremos  escuchar escoltada por Rodríguez Sendín y González Jurado, de manera que, tanto gobierno, como oposición, van a tener que "retratarse" delante de una selecta audiencia internacional.

A los demás, tratarán de vendernos la ecuación regulación profesional = colegiación profesional obligatoria, incluso aunque intervengan representantes de algunos países donde, claro que hay que estar registrado para poder ejercer, como en todos los países del mundo, pero no estar "colegiado" ni pagar cuotas (más que de entrada al registro y son tasas públicas, no cuotas privadas). Por ejemplo, el Nursing and Midwifery Council británico o la Australian Health Practitioner Regulation Agency no poseen afiliados, son meros órganos agenciales de registro y control de todos los profesionales sanitarios.

En fin, en la cumbre del mundo mundial intervendrán tres representantes no colegiales (Australia, Estados Unidos y el Reino Unido),  frente a cinco colegiales (las cámaras alemanas, los colegios españoles y las órdenes francesas, italianas y portuguesas). Y presentarán el tema como que, más allá de pequeños matices locales, registro = colegiación (por cierto, en el caso alemán participa la cámara médica y no la enfermera... porque la enfermería no es, en Alemania, una profesión colegiada y por tanto no hay cámara de enfermeras. El porqué sería una buena pregunta para que la formulara el líder máximo enfermero).

Pienso que los colegios no deberían ser la única excepción arcaica al derecho fundamental constitucional (art. 23) de libre asociación y que no son la fórmula más eficiente, ni transparente, de regular las profesiones. Puedo estar equivocado o tener razón (posiblemente un poco de ambas cosas),  pero cuando he argumentado mi posición he tratado de hacerlo con absoluto respeto a la verdad y a las ideas de quienes no opinan lo mismo. Sin embargo, ellos hacen trampa y tratan de engañarnos como si fuéramos tontos.

Un ejemplo, digno quizás de la sección el rincón del demagogo que estrenamos la semana pasada: Dice literalmente la OMC: Una Ley que obviara la colegiación obligatoria de los Médicos que desempeñan su profesión bajo la dependencia de una Administración Pública (...) sería una ley que incurriría en lo que el Tribunal Constitucional denominó desviación del poder legislativo, por apartarse del mandato que le otorga al legislador la propia Constitución (artículo 36)".

Veamos qué dice el alto tribunal: Sentencia del Tribunal Constitucional 131/1989: "Incluso dentro del ámbito funcionarial, no todas las profesiones tienen un contenido igual o semejante en relación con su finalidad, por lo que la inexistencia de una reglamentación igual encuentra su fundamento y razonabilidad en el distinto grado o alcance del interés público afectado, y, de otra parte, se constata, como ya hemos hecho en el fundamento jurídico precedente, que la obligatoria colegiación de los Médicos en activo se justifica en una legítima decisión del legislador, quien puede, asimismo, exceptuar los casos en [que] dicho requisito de la colegiación obligatoria no haya de exigirse".

Lo dicho: ¡Trampa!

miércoles, 23 de marzo de 2011

La historia reciente: La OMC frente al resto del mundo (profesional sanitario)


La posición de la OMC ha sido siempre de abierta cerrazón frente a cualquier posible desarrollo, aunque fuera muy descafeinado, del reconocimiento de la capacidad legal de cualquier otra profesión sanitaria que pudiera invadir sus competencias tradicionales, que anacrónicamente entiende como exclusivas, sin matices, ni graduaciones, ni fecha de caducidad; ello no sólo incluye a los titulados medios (enfermería, podología o fisioterapia), sino también a otros titulados superiores (farmacéuticos  -la llamada atención farmacéutica-  o psicólogos clínicos).

En ocasiones, su retórica llega bastante más allá de la mera defensa legítima de los monopolios profesionales que tiene legalmente reconocidos y produce verdaderos dislates, consecuencia del predominio ocasional de la componente menos racional y más pasional del conflicto interprofesional, un clasismo trasnochado con una clara base de soberbia y desprecio frente a la enfermería: “Que nadie otorgue ayudas al médico que ni ha pedido ni debe pedir (...) El Ministerio de Sanidad quiere otorgar a la enfermería actividades propias del médico, cuando las mismas son éticamente rechazables en tanto pueden ser perjudiciales para la salud y la seguridad del paciente, lo que en determinados casos y con la suficiente dimensión puede devenir en un problema de salud pública. Sería paradójico que el médico dedique su tiempo a limpiar el instrumental y que la enfermería u otros profesionales sanitarios prescriban por él” (Escrito de alegaciones al proyecto de orden ministerial de desarrollo de la disposición adicional duodécima de la ley del medicamento, página 23). Efectivamente, el sueño de la razón produce monstruos.

Por cierto, el inevitable rifirrafe entre la OMC y el CGE con respecto al asunto de la prescripción enfermera agudizó las ya entonces pésimas relaciones entre sus consejos generales (y sus presidentes), que quedan perfectamente retratadas en una carta que un despechado Máximo González envía el 23 de enero de 2008 a Isacio Siguero, a la sazón presidente de la OMC, y que tiene un componente emocional  más propio de lo personal, que de lo institucional, con un puntito culebrón: “Ha llegado el momento, querido Presidente, de terminar con esta situación y poner las cartas boca arriba. No podemos permitir ni un insulto más, ni un menosprecio más”. La gota que colmó el vaso y provocó esta iracunda reacción fue la hostil ofensiva abierta por la OMC contra la orden de desarrollo de la  disposición adicional duodécima de la ley del medicamento y que puede consultarse mirando las notas de prensa de la OMC de aquellas fechas.

He defendido públicamente, aunque no sirva esto precisamente para ganar amigos ni en una orilla,  ni en la otra del río, que la prescripción enfermera nunca fue una reivindicación importante de las élites enfermeras, más allá de la reivindicación del reconocimiento de lo que ya venían haciendo las enfermeras, pero que fue cuando la OMC y otros foros médicos salieron en tromba con posiciones tan ofensivas como ésta  -y aún mucho más lejos, pero no es cuestión de reabrir heridas más allá de lo que ya estoy yendo-  y llegaron a menospreciar y despreciar a la profesión enfermera globalmente, como lo hicieron sin duda, cuando las enfermeras vivieron como un triunfo personal la aprobación de la más que modesta ley de "prescripción enfermera"). En todo caso, hay que reconocer que la actual dirección de la OMC no es tan facha, ni mucho menos, como sus antecesores; aunque a veces, como al escorpión de la fábula, les salga su "naturaleza".

En fin, la conflictividad, que se concreta habitualmente no sólo en agrias declaraciones y comunicados sino también en la intensa litigación judicial mantenida, no se limitó a los aspectos relacionados con la prescripción enfermera, ya que la OMC tiene por costumbre recurrir cualquier norma que defina funciones de otros colectivos donde aparezcan ciertos términos tradicionalmente médicos, como, por ejemplo, ‘diagnóstico’; siempre son desestimadas, pero sirve para que sus notas de prensa lo presenten como un reconocimiento de sus demandas monopolistas, como puede verse en este titular de la web de la OMC del 12 de marzo de 2010: “La Audiencia Nacional sienta doctrina al reconocer que la competencia de ‘diagnosticar enfermedades’ corresponde al médico”. Pues bien: a) la Audiencia Nacional no sienta doctrina porque sólo el Tribunal Supremo tiene esa capacidad dentro del poder judicial; y b) lo que la sentencia del recurso 847/2008 reconoce es que sólo el médico tiene capacidad para realizar diagnósticos médicos y, dado que “ni en el número 2 ni en el 8 del apartado 3 del Anexo de la Orden se está fijando como objetivo de la formación en enfermería el adquirir competencias para el diagnóstico médico [los subrayados son míos]”, el recurso se desestima con lo cual avala que la enfermera deba adquirir competencias durante su formación relativas a “los procesos por los cuales se diagnostica, trata o cuida un problema de salud”. Vaya, unos mentirosillos...

Ya había sucedido lo mismo cuando la OMC recurrió contra una orden equivalente referida a la formación de los fisioterapeutas y asimismo fue desestimado el recurso porque “cuando el anexo de la Orden fija como objetivo el adquirir competencias para la ‘valoración diagnóstica de cuidados de fisioterapia’, no está incluyendo el diagnóstico médico, ni, por tanto, posibilitando la adquisición por los estudiantes de fisioterapia de competencias expresamente reservadas a otros profesionales sanitarios”.

Por otro lado, la OMC ha recurrido los programas formativos de todas las especialidades enfermeras, la más reciente la de  Enfermería Geriátrica, recurso que una vez más perdió.

También hay que decir que el mantenimiento de esta cultura litigadora que sólo mira hacia el pasado, en lugar de una mentalidad proactiva de negociación y acuerdos que miren hacia el futuro para ir acometiendo la inevitable adaptación de los mapas competenciales interprofesionales a las nuevas necesidades sociales y sanitarias, no es exclusiva de la OMC, sino de todas las organizaciones colegiales sanitarias, incluido por supuesto el CGE. Ya trataremos de ello más en extenso.

viernes, 18 de marzo de 2011

¿Quién copia a quién?

El CGE (17/3/11) y la OMC (18/3/11) han emitido sendos comunicados acerca del alcance de la sentencia del Tribunal Constitucional de la que hablábamos ayer. Lo que más choca de ambos son los plagios:

CGE: Quien pierde las competencias en formación continuada es el Estado central, y no el Consejo General de Enfermería. Por el contrario, este Consejo General de Enfermería podrá mantener su labor acreditadora a través de acuerdos con las diferentes Comunidades Autónomas, que son quienes tienen dichas competencias.
OMC: Quien pierde las competencias es el Estado, no el Consejo General de Colegios de Médicos, que podrá a partir de ahora actuar en el ámbito público a través de los acuerdos que alcance con las diferentes Comunidades Autónomas, que son las que tienen ahora dichas competencias. 

CGE: Debemos señalar que esta sentencia no afecta a la potestad del Consejo General de Enfermería para la evaluación de la competencia profesional, la validación periódica de la colegiación, el registro de profesionales, o la formación, etc., entre otros aspectos.
OMC: Esta sentencia no afecta a la potestad del Consejo General de Colegios de Médicos para la evaluación de la competencia profesional, la validación periódica de la colegiación, el registro de profesionales, la formación, etc.

CGE: Ahora que la acreditación de la formación continuada en el ámbito público ha pasado a ser competencia de las Comunidades Autónomas, éstas encontrarán en el Consejo General de Enfermería el interlocutor profesional adecuado para la realización de la misma. 
OMC: La acreditación en el ámbito público, será a partir de ahora competencia de las Comunidades Autónomas, las cuales tienen en el Consejo General de Colegios de Médicos el interlocutor profesional adecuado para la realización de la misma.

Como puede verse, los comunicados, o han sido redactados coordinadamente o alguien copia a alguien. Ya que, dadas las similitudes, ¿por qué no un comunicado conjunto? 

Lo cierto es que la única diferencia de fondo entre ambos comunicados es el "qué hay de lo mío" de la OMC que aprovecha que el Pisuerga pasa por Valladolid para pedir al alto tribunal que resuelva ya sus recursos de inconstitucionalidad contra las normativas autonómicas que reconocen la libre colegiación de los profesionales sanitarios públicos. ¿Por qué el CGE no recoge esta reivindicación? Cosas raras...

jueves, 3 de marzo de 2011

Comentario urgente: Les das la mano y te piden el brazo...


Revisando la prensa de la mañana, me desayuno con  una auto-entrevista del presidente de la Organización Médica Colegial en la que afirma no comprender "que no tengamos las ayudas necesarias por parte de las Administraciones Sanitarias para un programa, como es el PAIME, tan específico, efectivo y transcendente para la seguridad del paciente mediante el mejor control y regulación del ejercicio medico" [PAIME = Programa de Atención Integral al Médico Enfermo].

Vamos a ver: En primer lugar, ¿cómo que no reciben ayuda de las administraciones públicas si son éstas quienes amparan su derecho -en la mayor parte del país, de momento-  a exigir y recaudar las "donaciones" obligatorias de los médicos, no menos obligatoriamente colegiados, con las que, por ejemplo, se financia el PAIME?

Y en segundo lugar, escudarse en "la seguridad del paciente" para este gorroneo es simplemente impresentable (por no utilizar un calificativo más grueso). Se supone, así lo afirman siempre que pueden, que los colegios ejercen permanentemente ese "mejor control y regulación del ejercicio" profesional, no sólo en el caso del PAIME. ¿Por qué habría de considerarse aparte, éste?

Y que conste, como ya he escrito en algún lado (pág. 77), que el PAIME es uno de los pocos servicios tangibles y de beneficio general que la OMC presta realmente. Pero no para los pacientes, sino para sus colegiados con problemas, naturalmente.